La I. Municipalidad de Combarbalá, llama a Concurso Público para proveer el cargo de jefatura categoría A o B jornada 44 horas semanales en departamento de salud.
Cargo
1 Jefatura Categoría A o B jornada de 44 horas semanales departamento de salud.
Requisitos Generales:
Lo establecido en el artículo13 de la Ley N° 19.378, “Estatuto Atención Primaria Salud Municipal.
Requisitos Específicos:
1- lo que está establecido en Las bases que se encuentran en Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Combarbalá, y está publicada en Página WEB de la I. Municipalidad de Combarbalá ; www.municombarbala.cl
Recepción de Antecedentes:
Desde el 18 de abril hasta el 15 de mayo de 2023.

BASES PARA LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE JEFE O JEFA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COMBARBALÁ.

    1. GENERALIDADES.

El Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá, Doctor PEDRO MIGUEL ANGEL CASTILLO DÍAZ, llama a Concurso Público para proveer el cargo de la dotación municipal del Departamento de Salud de Jefe o Jefa de Departamento de Salud, con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud y la Ley Nº 18.883 Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales.

El presente concurso consistirá en un procedimiento técnico y objetivo, en el que se ponderarán factores, tales como: Antecedentes Curriculares, Experiencia Profesional, Desempeño Laboral, Entrevista Psicológica y Entrevista Personal. Los factores mencionados anteriormente, se asignará un puntaje, el cual, operará como indicador selectivo para que la Comisión de concursos proceda a seleccionar los postulantes de acuerdo con las vacantes a proveer.

Establecimiento: Departamento de Salud de Combarbalá

Categoría

Cargo

Jornada

N° Cargos

A o B1

Jefe o Jefa del Departamento de Salud Municipal de la Municipalidad de Combarbalá

Horas

1

2. MARCO NORMATIVO.

El presente concurso se ajustará a las normas legales establecidas en las leyes de la República, dictámenes de la Contraloría General de la República

REMUNERACIONES DEL CARGO.

Para el cálculo de las remuneraciones correspondientes al cargo, se regirá de acuerdo con lo establecido en el Artículo 23 de la Ley N° 19.378, “Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal” y sus modificaciones. Por lo que se establecerá según Experiencia y Capacitación en Atención Primaria acreditada, conforme a la categoría y nivel de cada postulante.

Conjuntamente con lo anterior se establece una asignación de responsabilidad directiva asimilada, según lo establecido en los incisos segundo y tercero del artículo 27 de la ley Nº19.738, que establece dicha asignación en caso de entidades que no cuenten con consultorios a su cargo, como es el caso de nuestra comuna. Lo anterior en razón de la necesidad del servicio en cuanto a la debida jerarquización del servicio, vinculada de modo directo con la responsabilidad inherente al cargo, de modo tal de dar cumplimiento al principio retributivo del Estado, en concordancia con la entidad de la función a desarrollar, tal es en síntesis la dirección, supervisión y coordinación de la salud, lo que conlleva la tuición y responsabilidad directa sobre el personal que ejecuta las correspondientes acciones de atención primaria de salud a nivel comunal. Teniendo por tanto un nivel jerárquico equiparable a los directivos a nivel municipal.

    1. DETALLES DEL CARGO A PROVEER.

Nombre del cargo: Jefe o Jefa del Departamento de Salud Municipal de Combarbalá

Estamento – Grado: A o B, según corresponda, nivel 15, según corresponda.

Número de vacante: 01.

Lugar de desempeño: Municipalidad de Combarbalá, Plaza de Armas Nº 438, Combarbalá con traslado dentro de la comuna y/o fuera de ella según contingencia y planificación.

    1. PERFIL DEL CARGO.

El cargo requiere una persona con alta vocación de servicio, compromiso y capacidad de liderazgo, con conocimientos relativos a la gestión de salud de atención primaria y del ámbito de la reforma de salud que le permitan coordinar y cohesionar el funcionamiento de los establecimientos de atención primaria, considerando la optimización de los recursos observando el principio de responsabilidad, eficiencia y eficacia, ejerciendo la función pública de manera transparente. Observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal del cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular, en conformidad a las normas de probidad administrativa. (Artículo 54 y 55 de la ley N° 18.575 y sus actualizaciones).

      1. Objetivo General del Cargo.

El Jefe o Jefa del Departamento de Salud Municipal tiene como objetivos asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la formulación de políticas de salud relativas al área; proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas de salud comunitaria; reforzar la estrategia de atención primaria de salud como una herramienta para el desarrollo local; organizar, coordinar, administrar y gestionar la atención primaria de salud municipal en la comuna, integrándose a la red comunal asistencial; enmarcado en el Plan de Desarrollo Comunal y la Planificación Estratégica.

      1. Principales funciones.
    • Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes al Departamento de Salud Municipal, respondiendo de ello al Sr. Alcalde de la comuna, velando por la coherencia de acción de ésta con las demás reparticiones de la municipalidad.
    • Administrar el recurso humano de su departamento, encuadrándose en la normativa legal y vigente y en las materias específicas que el Alcalde de la comuna le delegue.
    • Administrar los establecimientos de atención primaria, velando por el buen funcionamiento de éstos con el fin de dar cumplimiento a los objetivos que establece el Ministerio de Salud.
    • Proveer del recurso humano, financiero y materiales necesarios para el normal funcionamiento de los servicios asistenciales y entrega de prestaciones que correspondan.
    • Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que imparta el Ministerio de Salud.
    • Proponer la elaboración de programas que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades de los habitantes de la comuna, en coordinación con entidades privadas y con los organismos del Ministerio de Salud que correspondan.
    • Coordinar con otras reparticiones municipales las acciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de la normativa vigente.
    • Presentar a la Secretaría Comunal de Planificación, de acuerdo a la normativa vigente, las necesidades de presupuesto cada año.
    • Aquellas funciones que el Alcalde de la comuna y/o los reglamentos establezcan.

      1. Competencias y capacidades deseables.
    • Proactivo/a.
    • Responsable.
    • Empatía y Confidencialidad.
    • Compromiso con los objetivos de la institución.
    • Capacidad  para  hacer   un  uso  adecuado  y  eficiente  de  los  recursos  municipales  que  se pongan a su disposición en el desempeño de sus labores.  
    • Actitud de Servicio.
    • Buen trato a usuarios internos y externos.
    • Tolerancia a trabajar bajo presión.
    • Disposición para el trabajo en equipo.
    • Eficiencia de respuesta oportuna a los requerimientos del trabajo.
    • Motivación al aprendizaje constante y retroalimentación entre sus pares.
    1. REQUISITOS GENERALES.

El postulante debe cumplir con lo estipulado en el artículo 13 de la Ley N° 19.378 del Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, como también de requisitos específicos en relación con la naturaleza del cargo:

    • Ser ciudadano, acreditado mediante certificado de antecedentes.
    • Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
    • Tener una salud compatible con el desempeño del cargo, mediante certificación del Servicio de Salud competente.
    • Cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 6, 7,8 y 9 de la Ley Nº 19.378.
    • No estar inhabilitado o suspendido en el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso por resolución ejecutoria por crimen o simple delito.
    • No haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, aplicada en conformidad a las normas de la Ley N° 18.833, a menos que hayan transcurrido cinco o más años desde el término de los servicios.
    1. REQUISITOS ESPECÍFICOS.

Considerando que la Ley N°19.378, no contiene norma alguna que exija poseer determinados requisitos académicos para desempeñarse como Jefe del Departamento de Salud Municipal, a diferencia de lo que ocurre tratándose de los Directores de establecimientos de atención primaria de Salud Municipal, se consideraran como requisitos deseables para quien deba asumir el cargo de Jefe del Departamento de Salud Municipal, estar en posesión de un título profesional universitario, la formación de postgrado, postítulo y capacitación en el ámbito de la gestión primaria, salud pública, jurídica, conocimientos de la legislación vigente del área municipal y de la atención primaria de salud municipal, la gestión clínica, recursos humanos, control de gestión, experiencia en jefaturas de salud y otras de similar naturaleza, las cuales serán evaluadas por el comité de selección.

    1. DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES REQUERIDOS.
    • Ficha de Postulación a Concurso 2023, según modelo adjunto en bases. ANEXO N°1.
    • Fotocopia Cédula de Identidad por ambos lados.
    • Certificado de antecedentes emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
    • Currículum Vitae actualizado.
    • Copia legalizada de Certificado de Título.
    • Declaración Jurada ante notario, de no estar inhabilitado para ejercer cargos públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso de resolución por crimen o simple delito. ANEXO N° 2.
    • Declaración Jurada ante notario de no haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria. ANEXO N°3.
    • Fotocopias simples de certificados a cursos, capacitaciones y/o pos títulos, indicando duración y nota de los mismos. Solo serán evaluados para la asignación de puntaje aquellos cursos que cuenten con nota de aprobación (que se encuentren aprobados) y que especifique nombre completo, número de horas, calificación y fecha de emisión.
    • Certificados de Antigüedad o relación laboral que indique claramente los periodos trabajados, firmados por el empleador, entidad administradora respectiva o Jefe de Personal. En caso de no precisar fechas no serán considerados para el puntaje.
    1. CALENDARIO DEL CONCURSO.

El concurso tendrá el siguiente calendario:

ETAPA

FECHA

Publicación llamado a concurso

18/04/2023

Recepción de antecedentes2

18/04/2023 al 15/05/2023

Admisibilidad de los concursantes y Calificación de Antecedentes

16/05/2023 al 18/05/2023

Entrevista Psicológica

19/05/2023 al 23/05/2023

Entrevista con la comisión calificadora

29/05/2023 al 31/05/2023

Presentación de postulantes idóneos al Sr. Alcalde

06/06/2023

Notificación al postulante seleccionado

09/06/2023

Aceptación o rechazo del cargo

10/06/2023 al 14 /06/2023

Inicio de Funciones

15/06/2023

    1. LUGAR DE ENTREGA DE ANTECEDENTES.

Los postulantes al proceso, deberán entregar sus documentos en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá ubicada en Plaza de Armas # 438, 1° piso Combarbalá, comuna de Combarbalá, y será de su plena responsabilidad la entrega completa de la documentación exigida de acuerdo a los plazos establecidos; Pudiendo ser personalmente o por carta certificada.

Toda documentación que se entregue fuera de plazo será descartada, por lo que el postulante deberá prever la recepción de todo lo requerido por Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá.

Los documentos deberán ser presentados en un sobre cerrado color blanco indicando en éste lo siguiente:

    1. Nombre completo del postulante.
    1. Cargo al que postula.
    1. Dirección del Postulante.
    1. COMISIÓN CALIFICADORA DEL CONCURSO.

La comisión calificador del concurso estará compuesta por los siguientes funcionarios:

    • Ministro de fe: Representante del Director del Servicio de Salud.
    • Primer miembro de la comisión: Secretario Comunal de Planificación.
    • Segundo miembro de la comisión: Directora de Desarrollo Comunitario.
    • Tercer miembro de la Comisión: Encargada de personal.
    • Cuarto miembro de la comisión: Concejal representante del Concejo Municipal respectivo.
    • Primer suplente: Director de Control.
    • Segundo Suplente: Director de Director de Administración y Finanzas.

La comisión será nombrada mediante decreto Alcaldicio antes del inicio del llamado a concurso público.

    1. FACULTADES DE LA COMISIÓN CALIFICADORA.
      1. GENERALIDADES.La Comisión designada para el presente concurso, procederá a revisar los antecedentes y rechazará automáticamente a los postulantes que no cumplan con los requisitos exigidos por las bases. Como también, verificará la autenticidad de la documentación y, si estima conveniente, requerirá de mayores antecedentes de relación directa con lo solicitado en la postulación.

Cualquier situación no prevista en estas bases, será resuelta por la comisión de CONCURSO PÚBLICO.

En el evento de continuar las diferencias, resolverá el Presidente(a) de la Comisión de Concurso Interno. Esta comisión, podrá solicitar las opiniones técnicas que estime necesarias a las personas o entidades que tengan competencia en la(s) materia(s) consultadas(s).

Cada miembro titular deberá comparecer personalmente, y en caso de ausencia deberá informar previamente y/o por escrito al ministro de fe, dejando constancia expresa de tal situación en el acta respectiva, y asumiendo los miembros suplentes según nombramiento.

Una vez conformada la comisión calificadora esta no podrá variar sus integrantes.

      1. ETAPA DE CALIFICACIÓN DE ANTECEDENTES.

Tendrá las facultades establecidas en las presentes bases del concurso público en la etapa de calificación de antecedentes y en caso de alguna situación no prevista podrán dirimir siempre y cuando no afecte a el principio de igualdad de los concursantes.

      1. ENTREVISTA DE CALIFICACIÓN.

Tendrá las facultades establecidas según las presentes bases y podrá evaluar a los concursantes según su apreciación personal y en caso de alguna situación no prevista podrán dirimir siempre y cuando no afecte a el principio de igualdad de los concursantes.

    1. CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES.

El concurso tendrá las siguientes fases:

    • Apertura de sobre de los postulantes.
    • Calificación de antecedentes.
    • Entrevista Psicológica.
    • Entrevista con la comisión calificadora
    • Resolución del concurso.
      1. Ponderación del concurso.

La ponderación del concurso será la siguiente:

Ponderación

Porcentaje

Calificación de Antecedentes

30%

Entrevista Psicológica

30%

Entrevista con la comisión calificadora

40%

Total

100%

      1. Admisibilidad de los Concursantes.

En esta etapa la comisión encargada del proceso se reunirá para revisar los antecedentes de los postulantes y determinará la admisibilidad de cada uno de ellos, la cual, requiere la presentación de todos los antecedentes solicitados. Para este efecto, levantará un acta donde establezca el número de postulantes al cargo que se está concursando.

Esta etapa no tendrá puntaje asociado a los postulantes.

Postulante que no tenga la totalidad de los antecedentes indicados en el punto 7 a excepción de experiencias, pos títulos y cursos de capacitación quedará inadmisible y su postulación se descartará.

3. Calificación de antecedentes (30%).

Esta etapa tendrá una ponderación del 30% del total del concurso y se dividirá en los siguientes sub factores:

Letra

Sub. Factores calificación de antecedentes

Porcentaje

A

Factor estudio

30%

B

Post Títulos

20%

C

Capacitación relacionada en el cargo

10%

D

Experiencia Profesional

40%

Total

100%

A.- Factor Estudios: (30% de la ponderación)

Factor Estudios

Porcentaje

Médicos cirujanos, Farmacéuticos, Químicos Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujanos Dentista

100%

Otros profesionales de más de ocho semestres

90%

No presenta Certificado

0%

Factor estudios (A)= Ponderación Obtenida * 0,30.

B.- Pos títulos: (20% de la ponderación).

Post Títulos

Porcentaje

Magister o Doctorado relacionado a la administración pública o Salud

100%

Diplomado relacionado a la administración pública o salud3

50%

No informa o no presenta pos título.

0

Factor Post Títulos (B)= Ponderación Obtenida * 0,20.

C.- Capacitación relacionada con el cargo: (10% de la ponderación).

Se considerarán cursos en el área de la salud o administración pública.

Se considerarán el tiempo que aparezca en el certificado.

Capacitación

Porcentaje

Más de 300 horas

100%

Entre 200 y 299 horas

70%

Entre 151 y 200 horas

40%

Entre 101 y 150 horas

30%

Entre 51 y 100 horas

20%

De 50 y menos

10%

No Presente certificado

0%

Factor Capacitación relacionada con el cargo (C)= Ponderación Obtenida * 0,10.

D.- Experiencia Profesional: (40% de la ponderación).

Se dividirá en experiencia pública y privada de acuerdo a lo siguiente:

Letra

Sub. Factor Experiencia Profesional

Porcentaje

D.1

Experiencia en el sector público

50%

D.2

Experiencia en el sector privado

50%

Total

100%

* La experiencia debe venir acreditada, de lo contrario no se considerará válida.

D.1.- Experiencia en el sector público (50% del indicador).

Experiencia

Porcentaje

Mayor o igual a 7 años

100%

Mayor o igual a 6 años y menor a 7

85%

Mayor o igual a 5 años y menor a 6

70%

Mayor o igual a 4 años y menor a 5

55%

Mayor o igual a 3 años y menor a 4

40%

Mayor o igual a 2 años y menor a 3

25%

Mayor o igual a 0 años y menor a 2

10%

Experiencia en sector público (D.1.) = Ponderación obtenida * 0,50.

D.2.- Experiencia en el sector privado (50% del indicador)

Experiencia

Porcentaje

Mayor o igual a 7 años

100%

Mayor o igual a 6 años y menor a 7

85%

Mayor o igual a 5 años y menor a 6

70%

Mayor o igual a 4 años y menor a 5

55%

Mayor o igual a 3 años y menor a 4

40%

Mayor o igual a 2 años y menor a 3

25%

Mayor o igual a 0 años y menor a 2

10%

Experiencia en sector privado (D.2.) = Ponderación obtenida * 0,50.

Ponderación Indicador (D)= (D.1. + D.2) * 0,40

Total calificación antecedentes (C.A.)= A + B+ C+ D

Resultado Calificación de Antecedentes (R.C.A.) = C.A * 0,30

Postulante que obtenga una ponderación mayor o igual a 60 pasará a la siguiente etapa.

Postulante que obtenga una ponderación menor a 60 quedará rechazado.

      1. ENTREVISTA PSICOLÓGICA (30%).

Esta etapa tendrá una ponderación del 30% del total del concurso y se dividirá en los siguientes sub factores:

Letra

Factores a Evaluar

Ponderación

A

Presentación personal

10 %

B

Disposición al trabajo

20%

C

Capacidad de trabajo bajo presión

20%

D

Rigurosidad en el cumplimiento de sus funciones

20%

E

Disposición al trabajo colectivo (trabajo en equipo)

30%

Total

100%

Los postulantes que accedan a esta etapa, deberán someterse a una entrevista Psicológica la cuál será realizada por un profesional del área, en base a los temas señalados en el punto 5 de las presentes bases.

A.- Presentación personal (10% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Presentación Personal (A)= Ponderación * 0,10

B.- Disposición al trabajo (20% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Disposición al trabajo (B)= Ponderación * 0,20

C.- Capacidad de trabajo bajo presión (20% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Capacidad de trabajo bajo presión (C)=Ponderación * 0,20

D.- Rigurosidad en el cumplimiento de sus funciones (20% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Rigurosidad en el cumplimiento de sus funciones (D)=Ponderación * 0,20

E.- Disposición al trabajo colectivo (30% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Disposición al trabajo colectivo (E)= Ponderación * 0,30

Total Entrevista Psicológica (E.P.)= A + B+ C+ D+E

Resultado Calificación de Entrevista Psicológica (R.E.P.) = E.P * 0,30

Postulante que obtenga una ponderación mayor o igual a 60 % pasará a la siguiente etapa.

Postulante que obtenga una ponderación menor a 60 % quedará rechazado.

      1. ENTREVISTA CON LA COMISIÓN CALIFICADORA (40%).

Esta etapa tendrá una ponderación del 40% del total del concurso y se dividirá en los siguientes sub factores:

Letra

Factores a Evaluar

Ponderación

A

Conocimientos básicos de computación a nivel de usuario (Word, excel). 

15%

B

Conocimientos del área de Salud.

15%

C

Preguntas referidas de funcionamiento de los DESAM

20%

D

Preguntas referidas al trabajo en equipo

10%

E

Preguntas referidas al trabajo Municipal

30%

F

Preguntas de interés local, entre otras

10%

Total

100%

A.- Conocimientos básicos de computación a nivel de usuario (15% de la ponderación). 

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Conocimientos básicos de computación (A)= ponderación* 0,15

B.- Conocimientos básicos del área de Salud (15% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Conocimientos básicos del área de Salud (B)= Ponderación Obtenida * 0,15.

C.- Preguntas referidas al funcionamiento de los DESAM (20% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Preguntas referidas al funcionamiento de los DESAM (C)= Ponderación Obtenida * 0,20.

D.- Preguntas referidas al trabajo en equipo (10% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Preguntas referidas al trabajo en equipo (D)= Ponderación Obtenida * 0,10.

E.- Preguntas referidas al trabajo Municipal (30% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Preguntas referidas al trabajo Municipal (E) = Ponderación Obtenida * 0,30.

F.- Preguntas de interés local, entre otras (10% de la ponderación).

Calificación

Porcentaje

Muy Buena

100%

Buena

85%

Regular

70%

Suficiente

60%

Deficiente

50 %

Muy malo

0%

Preguntas de interés local, entre otras (F)= Ponderación Obtenida * 0,10.

Total Entrevista con la Comisión Calificadora (E.L.)= A + B+ C+ D+E+F

Cada miembro de la comisión calificadora evaluará individualmente, una vez finalizada la entrevista se ponderará la calificación como sigue:

R. Entrevista (R.E.)= 

Resultado Calificación de Entrevista (R.E.L.) = R.E. * 0,40.

      1. Resultado del concurso.

Cada postulante que llegue a la última etapa del concurso se calificará de la siguiente forma:

Puntaje Total del Postulante (P.T.) = R.C.A.*0,30 + R.E.P.*0,3+ R.E.L.*0,40

Una vez obtenida la calificación de cada uno de los postulantes, se procederá a ordenar desde el puntaje mayor al puntaje menor.

Se propondrá al alcalde para ocupar la vacante a los tres primeros puntajes de acuerdo a perfil solicitado.

Ante la igualdad de puntaje el criterio que prevalecerá será la entrevista personal, en caso de mantenerse la igualdad el segundo criterio a considerar la entrevista psicológica.

En caso de no haber obtenido una terna para proponer al Sr. Alcalde, se propondrá dejar desierto el concurso y realizar un nuevo llamado.

Desde la apertura del concurso hasta la propuesta de la terna al Sr. Alcalde quedarán establecidas actas de las acciones que se realizaron.

    1. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO.

La comisión enviará al Sr. alcalde la resolución donde informa el resultado del concurso no más allá de 3 días desde la finalización del proceso.

    1. NOMBRAMIENTO

El alcalde de la ilustre municipalidad de Combarbalá nombrará mediante decreto Alcaldicio al postulante que él decida dentro de la terna que le proporcione la comisión evaluadora.

Se notificará al postulante seleccionado por el sr. alcalde por cedula o carta certificada y éste tendrá 3 días hábiles para manifestar su aceptación al cargo.

Si el postulante seleccionado por el sr. alcalde no asume su cargo dentro de los primeros 05 días hábiles, asumirá su el cargo el que obtuviese el 2° lugar.

    1. PUBLICACIÓN Y ENTREGA DE ANTECEDENTES.

La publicación del concurso será en el diario de circulación regional, estarán disponibles en la oficina de partes de la municipalidad de Combarbalá y serán publicadas en la página web del municipio.

Las bases no tendrán ningún costo.

    1. DUDAS O CONSULTAS.

Se podrán ingresar por oficina de partes según calendario o realizarlas al secretario municipal a la casilla electrónica waldo.guerrero@combarbala.cl

1La categoría dependerá del postulante una vez resuelto el concurso.

2 Los antecedentes se recepcionarán hasta las 17:30 horas del día 15 de mayo de 2023.

3 Se consideraran diplomados sobre 200 horas, diplomados con tiempos menores no serán aceptados.